top of page
Buscar
  • Foto del escritorMR Legales

La donación como mecanismo legal para traspasar bienes en vida


Producto de una eventual reforma tributaria donde se buscará aumentar la recaudación vía el impuesto a las herencias y donaciones, es que se han incrementado los trámites de insinuación de donación ante los tribunales civiles por parte de miembros de diversos grupos económicos del país. Específicamente se tuvo conocimiento de las donaciones realizadas por la familia Paulmann ligados a Cencosud y la familia Yarur, controladores del BCI, según publicación realizada en el Diario Financiero el día 9 de junio de 2022. Se suma también el Presidente de Falabella, Carlo Solari, según publicación del día 20 de junio de 2022.


¿QUÉ ES LA DONACIÓN?


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1386 del Código Civil “La donación entre vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta.” En términos sencillos, una persona transfiere bienes a otra persona sin mediar pago alguno.


La pregunta que muchos se pueden hacer es por qué hoy día se utiliza este mecanismo para traspasar bienes. La respuesta es muy simple: porque es lo que se ajusta a la realidad de lo que en la práctica se ha realizado de manera errónea.


Si un padre, madre, abuelo o abuela querían traspasar bienes raíces a sus descendientes, lo que comúnmente se realizaba eran compraventas a bajo precio y con saldo de precio, es decir, con un pago a plazo en cuotas. En la práctica, el o la descendiente nunca pagaba el precio y el bien inmueble quedaba a nombre de él o ella. En este caso, lo que había era una donación encubierta, la que omitía el trámite de insinuación y pago de impuesto a la herencia. Por parte del adquirente, éste no tiene cómo justificar los fondos con los que adquirió el inmueble, pudiendo ser fiscalizado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) a fin de pagar los impuestos por las rentas no declaradas que le sirvieron para adquirir el inmueble. Desde un punto de vista legal, el precio pactado pudo haber sido inferior a la mitad del justo precio, adoleciendo el contrato del vicio de lesión enorme, lo que afectaría la validez de los títulos. En este caso, el vicio de lesión enorme se sanea por el transcurso del plazo de cuatro años. También se podría estar ante una simulación, ya que el precio nunca se pagó, no habiendo voluntad real de las partes al no haber precio, en cuyo caso estaríamos ante un vicio de nulidad absoluta, el que se sanea por el plazo de diez años.


La única manera de evitar eventuales fiscalizaciones por parte del SII y evitar caer en vicios de nulidad, es hacer el trámite de insinuación de donación, pagando los impuestos correspondientes. Cualquier contrato simulado para ocultar la donación, podría ser objeto de fiscalización y tasación por parte del SII.


¿EN QUÉ CONSISTE EL TRÁMITE DE INSINUACIÓN DE DONACIÓN?


Es una gestión voluntaria que se realiza ante el tribunal civil competente, correspondiente al domicilio del donante, patrocinado por un abogado.


Este trámite puede demorar entre seis meses a un año y medio.


Se inicia con la presentación de un escrito donde se individualiza al donatario y lo que se va a donar (propiedades, acciones, dineros, etc.). En el mismo escrito se debe hacer mención del monto total de la donación, además de acreditar el patrimonio del donante, ya que no se puede donar más del 50% del patrimonio. Esta donación estará afecta al impuesto por las donaciones, conforme a lo establecido en la ley 16.271. La donación recibida se considerará un ingreso no renta.


EJEMPLO DE CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA DONACIÓN


En el siguiente cuadro, pueden ver un ejemplo de cálculo de impuesto a la donación:


¿Te gustaría saber más sobre este mecanismo para traspasar, de manera legal, bienes en vida? Contáctanos para una orientación.


155 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page